Estatua de la Justicia

Canal Informantes

El 13 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta norma tiene como objetivos:

  • Otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones previstas en la normativa

  • Fomentar una cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.

Canal Informantes es una solución completa

Canal Informantes es una solución completa para que las entidades, públicas o privadas, obligadas a las exigencias derivadas de la Ley 2/2023, de Protección del Informante, implanten un sistema interno de información que permita, en esencia:

Comunicar información

Comunicar información sobre acciones u omisiones que puedan suponer:

  • Una infracción penal o administrativa grave o muy grave; y
  • Una infracción del Derecho de la Unión Europea (en ciertos supuestos)

Confidencialidad - Candado

Garantizar la confidencialidad de:

  • La identidad del informante y terceros mencionados en la comunicación.
  • Las actuaciones durante la gestión y tramitación de la comunicación.
  • La protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado.

Canales internos

Integrar los distintos canales internos de información

  • Integrar los distintos canales internos de información que pudieran establecerse dentro de la entidad.

¿Quiénes están obligados a implantar o adecuar sus sistemas internos de información?

Edificio abogados

Sector privado

  1. Personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados cincuenta o más trabajadores
  2. Sujetos obligados a determinadas normativas (entidades financieras, prevención blanqueo de capitales y financiación terrorismo, etc.)
  3. Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
imagen banco de españa

Sector público

  1. La administración General del Estado, comunidades y Ciudades autónomas, y entidades locales.
  2. Los organismos y entidades públicas vinculadas o dependientes de alguna Administración Pública, y asociaciones y corporaciones en las que participen administraciones y organismos públicos.
  3. Las autoridades administrativas independientes, el Banco de España y las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
  4. Las universidades públicas.
  5. Las corporaciones de Derecho público.
  6. Las fundaciones del sector público.
  7. Las sociedades mercantiles con participación superior al 50% por una entidades del sector público.
  8. Órganos constitucionales, los de relevancia constitucional e instituciones autonómicas análogas a los anteriores.

¿Cuándo deben estar implantados o adecuados a la Ley 2/2023 los sistemas de información?

Sector privado

13 de junio de 2023:

  • 250 ó más trabajadores:
    Personas físicas o jurídicas del sector privado.
  • Independientemente número de trabajadores:
    (i) Entidades financieras, sujetos obligados normativa prevención blanqueo de capitales y financiación terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente, etc.
    (ii) Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones creadas estos, cuando reciban o gestionen fondos públicos.

1 de diciembre de 2023:

  • Entidades jurídicas entre cincuenta y doscientos cuarenta y nueve trabajadores.

Sector público

13 de junio de 2023:
  • Organismos, entidades, corporaciones, fundaciones, universidades, sociedades, etc. del sector público.
  1 de diciembre de 2023:
  • Municipios de menos de diez mil habitantes
Teclado de ordenador, bolígrafos y post it

¿Cuáles son las consecuencias para las entidades obligadas que incumplan las obligaciones establecidas en la Ley 2/2023?

En caso de incumplimiento, la autoridad competente podría imponer sanciones a las entidades obligadas, dependiendo de la gravedad de la infracción, de hasta 1.000.000 de euros, además de otras sanciones adicionales.

Nivel Leve

Leves

De 1.001 a 10.000 euros

Nivel grave

Graves

De 10.001 a 600.000 euros

Nivel muy grave

Muy graves

De 600.001 a 1.000.000 euros

Mazo-abogados
Ir al contenido